LOCALES /
Control vehicular sobre calle Pellegrini
La insensatez en funcionarios y empleados municipales en esta ciudad, parece ser una religión a la cual le rinden culto diariamente.
No se a quién, pero a alguien se le ocurrió hacer un control vehicular sobre calle Pellegrini, cuando en realidad y, por el estado de la misma, debieran agradecerle que llegue con el vehículo sano y salvo a su destino, debido al pésimo estado de esa arteria.
Según el Art. 22 Anexo L del Decreto 779 del año 95 nos señala que:
CONCEPTO. EL Sistema de Señalización Vial Uniforme comprende la descripción, significado y ubicación de los dispositivos de seguridad y control del tránsito, incluidos en el presente código y la consecuente reglamentación de las especificaciones técnicas y normalización de materiales y tecnologías de construcción y colocación y demás elementos que hacen a la calidad y seguridad de la circulación vial.
Luego leemos que:
Dicho señalamiento brinda información a través de una forma convenida y unívoca de comunicación, destinada a transmitir al usuario de la vía pública órdenes, advertencias, indicaciones u orientaciones, mediante un lenguaje que debe ser común en todo el país, según los principios internacionales.
El Cartel que vemos en la foto, está ubicado y emplazado después que el transportista a recorrido 400 metros desde el comienzo de calle Pellegrini.
Y la señal orientativa (flecha), indica que... ¡Debe ingresar al centro!
¿Se imagina usted un camión haciendo maniobras en esa esquina para doblar y meterse en el centro para salir a Dean Funes, por ejemplo?
Ya desde el año 1995 la Norma de Tránsito expresa que:
La señalización ya existente que difiere de la aprobada en este reglamento será sustituida por la nueva cuando aquella deba ser renovada por deterioro o vencimiento del período de vida útil.
COMPETENCIA. El señalamiento lo realiza o autoriza el organismo nacional provincial o municipal responsable de la estructura vial ajustándose a este código, siendo también de su competencia colocar o exigir la señal de advertencia en todo riesgo más o menos permanente.
Los que sean transitorios deben ser eliminados por la autoridad que primero intervenga, caso contrario debe señalizarlos o exigir que se lo haga, con intervención policial cuando corresponda.
MANTENIMIENTO. Es responsabilidad básica y fundamental de todas las autoridades de aplicación de la normativa del tránsito en la vía pública. la preservación de la integridad y visibilidad de los dispositivos, en cuanto a los elementos externos, humanos o no, que las puedan perturbar.
Corresponde al ente vial nacional provincial o municipal responsable de la vía, por sí o mediante el contralor que ejerce sobre el concesionario de ella o del sistema de señalamiento, mantener las señales o dispositivos ajustados a este Código, en buen estado de conservación y desempeño, debiendo sustituírselas cuando no se ajusten a ello.
Consultado por este medio, los "inspectores" contratados, desconocían el cartel aún estando ellos allí controlando todo tipo de vehículos y al lado del mismo.
Pero eso no es nada, les recuerdo que en la calle Independencia y, al lado del Sindicato Municipal, está instalado un semáforo que habilita entrar a una calle... que es contramano.
Seguimos avanzando.
(La Gaceta Liberal)
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