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¿Puede el Presidente continuar ejerciendo como profesor?

Alberto F. tomando exámenes en la UBA (Foto Twitter).


Alberto Fernández anticipó este viernes (13/12), tras tomar examen a sus alumnos en la Facultad de Derecho de la UBA, que no pedirá licencia en dicho cargo, amparándose en el Decreto 1033/2001 sobre la incompatiblidad de funciones, que excluye "el desempeño de horas de clase o de cátedra". Sin embargo, en Twitter muchos argumentaron que el Presidente viola el artículo 92 de la Constitución Nacional. 

Qué dice la norma vigente y los antecedentes de Ricardo Lorenzetti y Eugenio Zaffaroni.

El presidente Alberto Fernández asistió este viernes (13/12) a la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA), donde es jefe de cátedra, a tomar examen a un grupo de alumnos. Al encontrarse con la prensa que lo esperaba en el lugar, el jefe de Estado confirmó que seguirá dando clases.

Alberto Fernández se desempeña desde 1985 como docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA). Actualmente es jefe de la cátedra de Teoría General del Delito y Sistema de la Pena.

"No voy a pedir licencia, voy a seguir dando clases, una vez cada 15 días: le voy a pedir a la Facultad un adjunto para poder hacerlo", explicó, según consignó Noticias Argentinas.

El Presidente se ampara en el Decreto 1033/2001, que establece que "el desempeño de horas de clase o de cátedra no se encuentra alcanzado por la incompatibilidad prevista en el Régimen sobre acumulación de cargos, funciones y/o pasividades para la Administración Pública Nacional".

Sin embargo, pese a que muchos celebraron esta vocación del Presidente por continuar dando clases, otros usuarios de Twiter destacaron que viola el artículo 92 de la Constitución Nacional: "El presidente y vicepresidente disfrutan de un sueldo pagado por el Tesoro de la Nación, que no podrá ser alterado en el período de sus nombramientos. Durante el mismo período no podrán ejercer otro empleo, ni recibir ningún otro emolumento de la Nación, ni de provincia alguna".

De momento, allegados al Presidente argumentan que su acción cuenta con un gran apoyo popular para seguir desempeñando ambas funciones. Y hasta resaltan que lo han felicitado de la mayoría de las universidades, como la Comahue y la misma UBA, por fomentar que el máximo mandatario de un país enseñe en un claustro o casa de estudio pública.

Desde la Secretaría Legal y Técnica un asesor dijo que en las limitaciones constitucionales no se incluye explícitamente la docencia.

Ante este debate planteado, Urgente24 consultó con un especialista en derecho que recordó los antecedentes de Ricardo Lorenzetti y Eugenio Zaffaroni, quienes tuvieron que renunciar a sus respectivas cátedras cuando asumieron como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El Máximo Tribunal de Justicia tiene una exigencia similar en cuanto a la incompatibilidad de funciones. De hecho, Zaffaroni volvió a ser profesor cuando dejó la Corte.

Así las cosas, es muy probable que si se presenta una denuncia formal ante la Justicia por la incompatibilidad de funciones entre la Presidencia de la Nación y el dictado de clases, Alberto Fernández deba pedir licencia.

En cualquier caso, desde la Casa Rosada ya se dijo que esta actividad presidencial no podrá continuar mucho tiempo más por la intensa actividad que despliega Alberto Fernández, y que más bien fue una despedida de la cátedra, en la que encontró siempre una gran satisfacción, a la vez que un reconocimiento de los estudiantes.

El debate sigue abierto y es posible que continúe, incluso llegando a la Justicia.

Total está Cristina.

Con información de U24

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