OPINIÓN
“Viola el derecho al trabajo, que tenemos todos y que las personas privadas de la libertad no deberían perder por estar en la cárcel”

Por María Luisa Torres
La reforma laboral que se aprobó recientemente no solo trae cambios para el empleo formal. En uno de sus artículos finales mete mano en otro tema sensible: el trabajo de las personas privadas de la libertad. En concreto, la norma elimina partes clave de la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad y deja sin efecto la obligación de que el trabajo en las cárceles sea remunerado y regulado por la legislación laboral vigente.
Para Josefina Ignacio, comisionada del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT), el cambio es grave porque toca derechos básicos. En diálogo con el portal El Auditor, fue directa: “Viola el derecho al trabajo, que tenemos todos y que las personas privadas de la libertad no deberían perder por estar en la cárcel”, sostuvo.
Pero el problema, según explicó, no pasa solo por la plata. El trabajo dentro de las cárceles forma parte de lo que se conoce como “tratamiento penitenciario”, es decir, un conjunto de herramientas que buscan que la persona detenida pueda reinsertarse en la sociedad.
“El trabajo permite aprender un oficio, capacitarse, organizar la vida con horarios, adquirir disciplina y además ganar algo de dinero, aunque sea poco, para ayudar a la familia”, explicó Ignacio.
Desde el CNPT sostienen que la reforma choca con lo que establece el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho a una retribución justa por el trabajo. Además, advierten que también podría entrar en conflicto con compromisos internacionales que asumió la Argentina.
En ese punto, Ignacio mencionó las Reglas de Mandela y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, cuyo artículo 7 reconoce el derecho a condiciones laborales justas y a una remuneración mínima.
También recordó que, si bien la Convención Americana sobre Derechos Humanos permite exigir trabajo a personas condenadas sin que se lo considere trabajo forzoso, la jurisprudencia de la Corte Interamericana es clara: el trabajo en prisión no debe ser degradante y tiene que apuntar a la reinserción social. Y eso, en la práctica, suele implicar algún tipo de compensación económica.
Uno de los puntos que más preocupa es que la reforma elimina al mismo tiempo la remuneración y las garantías laborales. Para Ignacio, ese combo puede abrir la puerta a abusos.
“Puede terminar convirtiéndose en trabajo esclavo. Personas obligadas a trabajar sin cobrar y sin reglas claras sobre horarios, seguridad o condiciones laborales. Eso es lo más parecido a la esclavitud”, advirtió.
La comisionada también alertó sobre posibles consecuencias dentro de las cárceles. Si desaparece el ingreso legal que hoy reciben algunos detenidos por su trabajo —conocido como peculio—, podrían fortalecerse economías ilegales dentro de los penales.
“Las cosas prohibidas son las que más circulan y las que mejor se pagan. Si no hay remuneración, es probable que esas economías crezcan”, explicó.
Además, anticipó que el cambio podría generar conflictos internos, como reclamos, protestas o incluso huelgas, lo que terminaría complicando la gestión penitenciaria y afectando tanto a los detenidos como al propio personal del sistema.
Consultada sobre si el trabajo reduce la reincidencia delictiva, Ignacio evitó respuestas simplistas. “No se puede decir automáticamente que quien trabaja no vuelve a delinquir”, aclaró. Y recordó que incluso personas con altos ingresos cometen delitos.
Sin embargo, marcó una diferencia importante: las personas que, al recuperar la libertad, logran insertarse en un empleo —por ejemplo en cooperativas de liberados— suelen tener tasas de reincidencia mucho más bajas que quienes no consiguen trabajo.
“El trabajo da herramientas para armar un proyecto de vida distinto al que llevó a alguien a la cárcel”, señaló. Pero aclaró que no se trata solo del salario: también importa que haya condiciones dignas, capacitación y reglas claras.
Otro aspecto que suele pasar desapercibido es el impacto del peculio en las familias de las personas detenidas. Según Ignacio, ese dinero —aunque sea mínimo— muchas veces termina ayudando a hogares que ya viven en condiciones muy vulnerables.
“Estamos hablando de familias de sectores muy golpeados. Cualquier ingreso, por pequeño que sea, es importante”, dijo.
De todos modos, reconoció que hoy solo una minoría de los presos accede a trabajo dentro de las cárceles. Por eso, desde el organismo creen que la discusión debería ir en otro sentido: cómo ampliar esas oportunidades, y no restringirlas.
Mientras tanto, el CNPT analiza qué pasos dar en el plano legal. Aunque todavía no hay una decisión formal, Ignacio adelantó que podrían presentarse acciones de inconstitucionalidad, medidas cautelares o habeas corpus colectivos, argumentando que la reforma implica un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención.
Si las vías judiciales internas no prosperan, tampoco descartan llevar el caso a instancias internacionales.
Tribuna de Periodistas
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