LOS ALCANCES DEL FALLO SOBRE LA LEY DE TIERRAS

POLÍTICA

La decisión del máximo tribunal, que revocó un fallo de la Cámara Federal de la Plata vinculada al régimen de tierras rurales, había generado fuertes críticas y polémicas políticas y sociales en los últimos días


Por Graciela Miriam Catalán

La Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un inusual comunicado oficial para aclarar los alcances de su reciente fallo en la causa Centro de Combatientes Isla Malvinas la Plata (CECIM) contra el Gobierno Nacional.

La decisión del máximo tribunal, que revocó un fallo de la Cámara Federal de la Plata vinculada al régimen de tierras rurales, había generado fuertes críticas y polémicas políticas y sociales en los últimos días.

Cabe recordar que la resolución de la Cámara Federal, ahora revocada, mantenía suspendida la vigencia de una parte del DNU 70/23, específicamente el artículo que busca derogar la Ley de Tierras, una de las prioridades del Gobierno desde el comienzo de su mandato.

Frente a las repercusiones, la Corte dirigió su mensaje a “la opinión pública con la finalidad de disipar dudas” y aseguró que su fallo “se ajusta estrictamente a todos los precedentes”.

En ese sentido, el tribunal aclaró: “En el caso solo se decidió un aspecto procesal, que se refiere a la legitimación de una asociación para obtener una medida cautelar”.

Asimismo, los*ministros recalcaron que la sentencia no afecta a otras medidas cautelares con el mismo objeto que se encuentran en trámite en distintos tribunales del país. “Tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”.

En un tramo del documento que apunta directamente a las reacciones políticas y virtuales, el tribunal señaló que “los grupos de interés que presionan sobre el tema también pueden recurrir al reclamo judicial”, advirtiendo que, en una democracia, esta vía “es más adecuada que la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales”.

Por otra parte, se aclaró que el fallo no obstaculiza la función del Congreso de la Nación en el tratamiento del DNU 70/2023, el cual ya fue rechazado por el Senado de la Nación el 14 de marzo de 2024 y actualmente está siendo examinado por la Cámara de Diputados.

Finalmente, la Corte Suprema sostuvo que la controversia de fondo referida a la ley de tierras y la vigencia de la Ley 26.737 no fue resuelta en este caso.

El tribunal concluyó advirtiendo que “se expedirá sobre las normas jurídicas conocidas como ley de tierras cuando lleguen esos reclamos, lo que no ha ocurrido hasta el momento”, por lo que “de modo que no puede interpretarse de ninguna manera que exista una posición del Tribunal o de los ministros sobre el referido régimen”.

Mientras tanto, la oposición solicitó una sesión especial para el 15 de octubre ante la situación generada por el fallo de la Corte cuyo objetivo es debatir proyectos sobre la emergencia en discapacidad, el endeudamiento familiar y la restitución de la Ley de Tierras, que limita la venta de inmuebles rurales a extranjeros.

La petición fue presentada por los bloques de Unión por la Patria, Encuentro Federal, la Coalición Cívica, la Izquierda y Provincias Unidas.

Esta sesión coincide con la quinta Marcha Federal Universitaria impulsada ese mismo día por gremios docentes, no docentes y federaciones estudiantiles en reclamo de mejores salarios y la plena vigencia del financiamiento universitario.
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*Los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación son Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti

Tribuna de Periodistas




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