AYUDA ECONÓMICA DEL ANSES: "ME LO DIO MILEI"

ECONOMÍA  

Cuando la abogada que nunca fue abogada, mucho menos exitosa "repartía planes platita", algunos beneficiarios decían "me lo dio Cristina", bueno, ahora los escucho

Por Walter R. Quinteros

El Gobierno nacional dispuso de una ayuda económica de Anses para personas sin trabajo. El beneficio se dirige a empleados bajo relación de dependencia que quedaron desempleados y cumplen con los requisitos mínimos fijados por la entidad previsional.

En ese sentido, el presidente Javier Milei ha dado instrucciones a La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para que brinde asistencia a empleados en relación de dependencia que perdieron su trabajo sin causa justificada. Aunque este beneficio se extiende a quienes fueron desvinculados por finalización de contrato o por causas ajenas, siempre y cuando la situación esté contemplada en la Ley de Contrato de Trabajo.

Llamada como "Prestación por Desempleo", el beneficio tiene como objetivo ofrecer apoyo económico a quienes se encuentran desempleados mientras buscan reinsertarse en el mercado laboral, ayudando a aliviar la reducción de ingresos provocada por la pérdida de empleo.

Pero no es un "manchancha padrino"

Ya que se establece que para poder acceder a este beneficio, se deberá cumplir con algunos requisitos a saber:

Los trabajadores permanentes deben acreditar al menos 6 meses de trabajo con aportes dentro de los 3 años previos al despido o a la finalización del contrato. En el caso de empleados eventuales o de temporada, se requiere haber trabajado menos de 12 meses durante los últimos tres años y más de 90 días en el último año anterior a la desvinculación.

Cuando el despido haya sido por quiebra o concurso preventivo del empleador, deberá presentar nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.

Presentar la Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.

Cuando no haya renovación de un contrato a plazo fijo, habrá que presentar la copia del contrato de trabajo vencido. El mismo procedimiento por causas de fallecimiento de un empleador unipersonal, donde se presentará la copia certificada del acta de defunción.

En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo, se deberá presentasr el certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

Hay dos modalidades para iniciar el trámite

Siempre se deberá presentar el DNI (original y copia) y la constancia de desempleo (original y copia), cuya modalidad varía según el caso. La gestión puede realizarse desde el sitio web de Anses, ingresando a “Atención Virtual” con CUIL y Clave de la Seguridad Social, que puede generarse en el momento si no se dispone de ella. También existe la opción de realizar el trámite de forma presencial en una oficina del organismo previsional, solicitando un turno previamente.

En cuanto al monto a cobrar y la cantidad de cuotas, estas pueden variar entre 2 y 12, dependiendo tanto del salario recibido como de los meses aportados en los 3 años anteriores a la solicitud. Otro dato es que a los mayores de 45 años, el plazo de cobro se prolongará por 6 meses adicionales.

Cabe destacar que desde la Anses se gestionará la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social en un banco, a nombre del beneficiario, para que pueda recibir allí la prestación. El dinero se podrá retirar en la sucursal designada, donde se entregará una tarjeta de débito que habilitará el uso de cajeros automáticos, una vez formalizada la gestión. Es decir que no habrá "punteros" ni "gestores" que pidan la "tarasca" acostumbrada. Y, si la persona ya percibe algún otro beneficio de Anses mediante una cuenta bancaria, esa misma cuenta se utilizará para la prestación por desempleo. Quienes posean una cuenta personal pueden solicitar al banco que la adapte como Cuenta de la Seguridad Social.

El beneficiario además, puede percibir de manera simultánea, otras asignaciones familiares, como la asignación por prenatal, la Asignación Universal por Hijo (AUH), asignaciones por nacimiento o adopción, ayuda escolar anual y asignación por matrimonio.

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