EDITORIAL
La Defensoría de la Tercera Edad reveló que un jubilado en Argentina necesita al menos $1.200.523 mensuales para cubrir sus gastos básicos
Por Walter R. Quinteros
Sin embargo, la jubilación mínima en marzo de 2024 fue de $350.000, incluyendo un bono de $70.000, lo que evidencia una brecha significativa entre los ingresos y el costo de vida.
La canasta básica del jubilado ha experimentado un aumento interanual del 75,2%, pasando de $685.041 en febrero de 2023 a $1.200.523 en febrero de 2024. Los principales gastos se concentran en alimentación ($279.834), medicamentos ($260.245) y vivienda.
Para empeorar el panorama, las jubilaciones y bonos se mantienen congelados desde marzo de 2024. La Pensión Universal para Adultos Mayores (PUAM) es de $223.297,36 más el bono, y las Pensiones No Contributivas son de $265.385,19 más el bono de $70.000. El bono, que debería ser de $145.000 según la inflación, no se ha actualizado.
Los aumentos por inflación en el primer trimestre de 2024 fueron del 7,5%, pero no todos los jubilados recibieron el mismo ajuste: los jubilados con la mínima tuvieron un aumento del 5,9%, los beneficiarios de la PUAM del 5,6%, y las pensiones no contributivas del 5,4%.
A pesar de estos ajustes, la pérdida de poder adquisitivo continúa, dejando a millones de jubilados con ingresos insuficientes para cubrir sus necesidades básicas.
El relevamiento se hizo en la Ciudad de Buenos Aires, el Conurbano bonaerense, las ciudades de Mendoza, Córdoba y Rosario. El relevamiento incluye gastos de vivienda como mantenimiento de un inmueble propio, alquiler y la vida de adultos mayores en pensiones.
Según la Defensoría, el rubro medicación contempla una variedad de medicamentos de diferentes patologías, considerando el descuento que se realiza en farmacias según la obra social del jubilado.
Todos estos datos entregados por la Defensoría de la Tercera Edad, vienen de años. Jubilarse, de la palabra jubileo, no es más alegría, ya no es júbilo para el común de la gente.
Pero como bien señalo, esto no es de ahora, el 14 de octubre de 2010, a través del decreto 1482, Cristina Fernández de Kirchner vetó la ley que había sido aprobada por el Congreso de la Nación y que establecía una jubilación mínima que representara el 82% del salario mínimo, vital y móvil fijado para los trabajadores activos.
El veto llegó horas después de la aprobación de la norma en el Senado, según consta en los registros parlamentarios. La mandataria justificó su rechazo al indicar que "su promulgación implicaría prácticamente la quiebra no sólo del Sistema Previsional Argentino sino del propio Estado".
En el 2001 el expresidente Raúl Alfonsín decía "que disminuir el sueldo de los jubilados es 'robar', y reclamaba que 'se termine con los privilegios' que gozan ex funcionarios. Pero durante su mandato, se sancionó la ley de "solidaridad previsional", una monstruosidad jurídica que contó con la "valiosísima" colaboración de los partidos PJ-UCR.
La ley desconocía los "derechos adquiridos" de los jubilados, puesto que revisa los montos de los haberes jubilatorios ya otorgados. "La presente ley es de orden público — dice el texto—, ningún habitante puede alegar la existencia de derechos adquiridos contra ella".
Estos datos siguientes los aporta el sitio Chequeado; En 2008, durante la Presidencia de Cristina Fernández de Kirchner (Frente para la Victoria), se sancionó la llamada “ley de movilidad jubilatoria”, por la cual las jubilaciones empezaron a actualizarse automáticamente 2 veces por año, en marzo y en septiembre, en base a una fórmula que contemplaba a los salarios y a la recaudación impositiva.
En diciembre de 2017, bajo la gestión de Mauricio Macri (Cambiemos), se modificó el cálculo de la movilidad con la aprobación de la Ley Nº 27.426, que establecía que las jubilaciones se actualizarían trimestralmente según una fórmula que tenía en cuenta a la inflación y a los salarios.
Para determinar el porcentaje de aumento, la ley disponía que se contemplara el 70% del incremento de la inflación del trimestre y el 30% del aumento de los salarios privados de ese mismo período. El cálculo se realizaba con una diferencia de 6 meses: es decir que, para definir el aumento de junio, se tenía en cuenta la inflación y el incremento salarial registrados entre los meses de septiembre y diciembre anteriores.
Al iniciar su gestión, el ex presidente Alberto Fernández (Frente de Todos) suspendió la fórmula de movilidad aprobada durante el gobierno de Macri y otorgó aumentos trimestrales por decreto de forma discrecional.
En tanto, en marzo de 2021 el Congreso aprobó la fórmula actual, cuyo cálculo surge de la sumatoria del 50% del aumento trimestral en la recaudación de la ANSES y un 50% por la variación salarial del mismo período. En este último caso, se utilizan los datos del INDEC o del Ministerio de Trabajo (RIPTE), dependiendo de cuál haya sido el más alto.
El cálculo se realiza sobre el trimestre anterior. Por ejemplo, para determinar el incremento de marzo se tiene en cuenta la evolución de esas variables entre septiembre y diciembre.
Finalmente, el Gobierno de Javier Milei (La Libertad Avanza) modificó la fórmula a través del Decreto N° 274/2024, que dispone que las jubilaciones serán actualizadas todos los meses de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el INDEC. Es decir que se ajustarán por inflación.
La medida dispone que los aumentos de cada mes se calcularán según el último dato de inflación disponible (de 2 meses anteriores: por ejemplo, para abril se considerará la inflación de febrero).
La cuestión es que doña Rosa camina y camina buscando ofertas. Y, los que deciden cuánto y por qué debe cobrar, con o sin aportes, esperan que su chofer los traslade al restaurante.
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