EL INTENDENTE FARÍAS DIJO QUE "SE ENTERÓ DE REBOTE"

LOCALES / POLÍTICA

Por la Ley 10870 y su anexo, Cruz del Eje perdió 1345 hectáreas



Por Redacción

No era una noticia más, desde este medio en el día de ayer, y bajo el título "CRUZ DEL EJE DEBERÁ MODIFICAR SU MAPA", se ponía en conocimiento a nuestros lectores de los pormenores que dieron origen a la Ley 10870 y su anexo. No faltaba más detalle que presentar el texto completo de la misma.

Pero lo llamativo del caso, es que esa nota se viralizó por todo el país, por un lado.

Por el otro, en horas de la tarde de ayer, circuló un video lanzado en las redes sociales por el intendente de Cruz del Eje, vía Instagram, solicitando que se lo acompañe en su "lucha" para "recuperar ese territorio". 

Su plan consistiría no en ir a la guerra contra Tanti y Punilla, sino juntar firmas y si eso no prospera, ahí si promete ir a la Justicia.

Hace 7 años que Tanti pide esas hectáreas. (Gestión, Luis Azar)

La Dirección General de Catastro emite un informe técnico el 29 de septiembre de 2022.

Este medio consulta una fuente especializada en la materia quien nos manifiesta: "Las propuestas de los RADIOS MUNICIPALES, se vienen haciendo hace años, no se proponen de un día para el otro. Que ahora lo hayan aceptado es otra cosa. Pero desde que urbanísticamente se habla de RADIO MUNICIPAL y no de EJIDO MUNICIPAL, provincia avaló la subdivisión territorial, cambiando las incumbencias territoriales municipales, debido a que eso dice la ley: el radio comprende no solo el ejido que es la parte territorial amanzanada, residencial y con servicios, sino la mitad del territorio rural entre una localidad y la otra. La ley (8102) fue creada hace mucho, solamente que los municipios no presentaron en tiempo sus límites. Recién ahora se aprobó a Tanti, pero si Cruz del Eje lo hubiese hecho cuando debía, eso no pasaba".

Cabe recordar que el 10 de agosto del año pasado, la Legislatura también avanzó sobre el tratamiento de los radios municipales. Ese día se le otorgó un nuevo ejido a la localidad de "Los Cerrillos" y el intendente Vargas explicaba que la localidad situada en el departamento San Javier alcanzaba las 132 hectáreas y 288 metros cuadrados, pasando a contar de esta forma con 13.055 hectáreas y 5.373 metros cuadrados.

Por aquí nadie se daba cuenta. O no querían darse cuenta.

Ante la pregunta de una periodista de Canal 12 de Cruz del Eje, el intendente, en el día de la fecha, manifestó que, "nosotros nos enteramos de rebote".

Para que no vuelva a enterarse de rebote, lo invitamos a rebotar entre los innumerables baches existentes en nuestras calles. Ya que estamos.

A continuación le alcanzamos el texto completo de la Ley 10870

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE LEY 10870

Artículo 1º.- Modifícase el Radio Municipal de la localidad de Tanti, Departamento Punilla de la Provincia de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102.

Artículo 2º.- La extensión lineal -expresada en metros- de cada uno de los lados que conforman el polígono del Radio Municipal de la localidad de Tanti, como así también los valores de las coordenadas georreferenciadas de los ochenta y cinco (85) vértices que delimitan dichos lados, se detallan en la documentación gráfica confeccionada por la citada municipalidad y verificada por la Dirección General de Catastro según informe técnico Nº 27/2022 de fecha 29 de septiembre de 2022 que, en una foja, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo I. 

Artículo 3º.- El polígono que define el Radio Municipal de la localidad de Tanti ocupa una superficie total de nueve mil quinientas veinticuatro hectáreas, dos mil novecientos ochenta y seis metros cuadrados (9.524 ha, 2.986,00 m²). 

Artículo 4º.- Los puntos fijos amojonados son: a) MOJON 1 (M1), de coordenadas: X=6529726,24 e Y=4350375,44; b) MOJON 2 (M2), de coordenadas: X=6529820,44 e Y=4351828,09; c) MOJON 3 (M3), de coordenadas: X=6530003,57 e Y=4348523,99, y d) MOJON 4 (M4), de coordenadas: X=6531200,74 e Y=4348429,35. 

Artículo 5º.- Modifícase el límite departamental que divide los Departamentos Punilla y Cruz del Eje, a efectos de que el Radio Municipal de la localidad de Tanti quede íntegramente comprendido en el Departamento Punilla. 

Artículo 6º.- La modificación del límite que divide los Departamentos Punilla y Cruz del Eje implica el traspaso de una superficie de un mil trescientas cuarenta y cinco hectáreas, tres mil novecientos ochenta y siete metros cuadrados (1.345 ha, 3.987,00 m2 ) del Departamento Cruz del Eje al Departamento Punilla. La poligonal que determina el nuevo perímetro del límite departamental, sus medidas y coordenadas georreferenciadas se detallan en la documentación gráfica referida en el artículo 2º de esta Ley. 

Artículo 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial. DADA EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A UN DÍA DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS. 

El nuevo mapa se puede ver en Ley 10870 Anexo 1
Creado:25/10/22, 12:48:04 (Observe bien la fecha, aquí no hay nada de rebote)
Modificado:1/3/23, 17:16:03

Firman: Guillermo Carlos Arias / Francisco José Fortuna

Por favor haga que esta nota se viralice hasta que llegue a nuestro legislador. Gracias.





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