EN QUÉ CONSISTE EL IMPUESTO A LA RIQUEZA

 POLÍTICA / OPINIÓN

Que impulsan Máximo y Heller


Por Alexis Montefiore

Los puntos centrales y lo que cuestionan los especialistas

Este martes, la Cámara de Diputados discutirá el proyecto de ley para instalar un tributo extraordinario a las grandes riquezas, que permita generar recursos para enfrentar los gastos ocasionados por la pandemia de Covid-19.

El proyecto, que tiene el respaldo público de Alberto Fernández, busca paliar al menos en parte la caída de la recaudación de impuestos causada por la disminución de la actividad económica en el marco de la cuarentena obligatoria que rige en el país desde el 20 de marzo, la principal medida para intentar frenar el avance del coronavirus en Argentina.

En la primera mitad de mayo, los ingresos tributarios cayeron un 33% en términos reales respecto al mismo mes de 2019, de acuerdo con el monitoreo de la recaudación de impuestos del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF). Esto se da en un contexto en el que el gobierno ha lanzado medidas de apoyo que van desde la distribución de dinero a sectores vulnerables y un aumento en la entrega de alimentos para comedores comunitarios, a créditos blandos para empresas y pago de parte de los salarios de trabajadores, sin contar los gastos extraordinarios en salud.

El nuevo impuesto buscar recaudar unos 300.000 millones de pesos, lo que equivaldría aproximadamente a un mes de recaudación impositiva (sin incluir los ingresos por la seguridad social y recursos aduaneros).

"Nosotros ni siquiera lo queremos llamar impuesto", le dijo a la agencia France 24 Carlos Heller, diputado nacional del oficialista Frente de Todos, presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados de la Nación y uno de los autores del proyecto. El legislador aclaró que el borrador del proyecto tiene por título: "Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia".

Explicó que se trata de "un gravamen por única vez, orientado a las grandes fortunas de la Argentina, a las personas y no a las empresas, y destinado a mitigar los efectos de la pandemia". Es decir, tendrá destino específico, como la compra de material sanitario y otros gastos vinculados con la emergencia causada por la pandemia. No se aplicará a empresas, sino solo a personas humanas que tengan una declaración de bienes personales superior a 200 millones de pesos al 31 de diciembre. Heller estima que alcanzará a unas 12.000 personas.

El impuesto que se cobrará por única vez será de entre el 2% y 3,5% del patrimonio de los sujetos alcanzados, dependiendo del total de la riqueza declarada.

Sobre este punto, el proyecto establece que, aquellas personas humanas que tengan bienes declarados en el exterior deberán pagar un diferencial del 50% en cada escala. Y, si deciden repatriar el 30% de sus tenencias financieras en el exterior, quedarán exceptuados de ese diferencial y serán igualados con el resto de los aportantes.

Pablo Varela, abogado y contador tributarista, planteó un inesperado problema: "Imaginate que a vos o a mí nos alcanzara el impuesto. Imaginate que vos tenés deudas y yo no, pero como el impuesto toma de base el activo, por ahí tu patrimonio es muy inferior al mío; cuando yo le aplique esta alícuota extraordinaria se puede transformar en confiscatorio, porque estás midiendo una capacidad contributiva inexacta".

También puede ser disputado el tributo por la fecha en que se mide el patrimonio a tasar. Según el proyecto, entrarán en el impuesto quienes al 31 de diciembre de 2019 tuvieran más de 200 millones de pesos. ¿Pero cuánto de ese patrimonio tendrán cuando efectivamente paguen el tributo?

Por ejemplo, si el cálculo se hace al 31 de marzo, para esa fecha, "los portafolios en general bajaron un 30%, con lo cual una persona que podía llegar a tener el mínimo al 31 de diciembre de 2019, al 31 de marzo de 2020 ya no lo tenía", indicó Leandro Passarella, abogado tributarista, profesor de la maestría en Derecho Tributario de la Universidad Torcuato Di Tella.

En cualquier caso, para Passarella, el impuesto tiene un problema fundamental porque grava stock, lo que posee una persona. "Un impuesto sobre stock es peor que un impuesto sobre flujos, desde el punto de vista estructural", advirtió.

"Me parece personalmente que los impuestos que gravan stock son más perjudiciales para la economía en general, porque grava riqueza en general, lo que puede obligar al contribuyente a tener que liquidar, tener que vender, esa riqueza para poder afrontar el pago del impuesto", remarcó a este medio.

Y, más allá de esto, algunos creen que podría argumentarse que hay una doble tributación, porque ya existe en Argentina un impuesto sobre el patrimonio: bienes personales.

(Tribuna de Periodistas)

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