RAROS PROCEDERES DE LA JUSTICIA CORDOBESA

POLÍTICA

Con la vara derecha como tronco 'e parra, condenaron a tres años a Oscar González por la tragedia de las Altas Cumbres, pero no irá a la cárcel y fue inhabilitado para conducir

Por Juan Federico, Roberto Fontanari y Fernando Barrionuevo.

El exlegislador del peronismo cordobés Oscar Félix González fue condenado este martes a tres años de prisión de ejecución condicional por la tragedia vial de las Altas Cumbres. El juez Santiago Camogli también le impuso ocho años de inhabilitación para conducir vehículos automotores y el pago de las costas del proceso penal. Por la modalidad de la pena, no irá a la cárcel.

En el mismo veredicto, el magistrado condenó a González y a la Provincia de Córdoba a indemnizar a las víctimas y familiares por un total de $2.010.488.249,16, más intereses, al admitir parcialmente las tres demandas civiles. Los plazos de pago y los intereses correspondientes a cada concepto serán especificados en la sentencia.

Camogli declaró al exlegislador autor penalmente responsable de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y lesiones culposas agravadas por conducción imprudente, con dos resultados, en concurso ideal.

Durante tres años, González deberá fijar residencia ante el tribunal y no modificarla sin autorización previa; presentarse entre los días 1 y 10 de cada dos meses ante el Tribunal de Ejecución; abstenerse de consumir bebidas alcohólicas en exceso y estupefacientes, y no cometer nuevos delitos. El fallo estableció esas obligaciones bajo apercibimiento legal en caso de incumplimiento.

Una vez que la resolución quede firme, la inhabilitación deberá ser informada al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (Repat).

La sentencia llegó 1.452 días después del choque ocurrido el sábado 29 de octubre de 2022, alrededor de las 16, en el paraje Niña Paula, cerca de Mina Clavero.

Ese día, el BMW X1 conducido por González, entonces presidente provisorio de la Legislatura y referente del peronismo en Traslasierra, impactó de frente contra un Renault Sandero que manejaba Alejandra Bengoa, de 56 años, quien murió en el lugar.

Bengoa se dirigía a la ciudad de Córdoba junto a su hija, Marina Szulewicz, y una amiga de la adolescente, Alexa Miranda. Ambas tenían 14 años al momento del siniestro.

Alexa quedó parapléjica y requiere atención médica de por vida. Marina sufrió secuelas graves y necesita tratamientos costosos y prolongados.

Las indemnizaciones alcanzan a las dos jóvenes y a Vera Szulewicz, otra de las hijas de Bengoa. El monto reconocido por el juez es inferior al reclamo de la querella, que superaba los $11.700 millones.

Para Vera, el tribunal fijó $31.633.758,86: $1.081.758,86 por las consecuencias patrimoniales del fallecimiento de su madre; $25 millones por daño moral; $1 millón por traslados; $3.552.000 por tratamiento psicológico futuro, y $1 millón por gastos de farmacia.

Para Marina, dispuso $353.575.089,30. El desglose comprende $29.887.100,39 por incapacidad pasada y $207.151.056,30 por incapacidad futura; $4.053.575,92 y $4.655.356,67 por las consecuencias patrimoniales pasadas y futuras de la muerte de su madre; $100 millones por daño moral; $2 millones por traslados; $500.000 por vestimenta, y $5.328.000 por tratamiento psicológico futuro.

Para Alexa Valentina Miranda Gonzáles, estableció $1.625.279.401. La indemnización incluye $34.352.651,06 por incapacidad pasada; $237.462.750,01 por incapacidad futura; $300 millones por daño moral; $38.860.000 por traslados; $500.000 por vestimenta; $7 millones por adaptación de la vivienda, y $7.104.000 por tratamiento psicológico futuro.

Además, en el caso de Alexa, el juez reconoció $1.000 millones para acompañamiento y asistencia en las actividades diarias, tratamiento nutricional, tratamientos y rehabilitación futuros, elementos ortopédicos e insumos médicos.

A los distintos conceptos indemnizatorios se les agregarán los intereses que serán precisados en la sentencia.

El magistrado también rechazó las defensas de falta de acción y los planteos de prejudicialidad penal presentados por González al responder las demandas. En el caso de Vera, desestimó además los planteos de inexistencia de acción civil y de falta de personería.

Las costas de las demandas civiles fueron distribuidas entre las demandantes y los demandados. En la acción de Vera, el juez asignó un 80% a su cargo y un 20% a González y a la Provincia; en la de Marina, un 50% a cada parte; y en la de Alexa, un 70% a su cargo y un 30% a los demandados.

El veredicto dejó constancia de que las tres demandantes cuentan con el beneficio de litigar sin gastos, otorgado el 14 de septiembre. Además, rechazó el pedido de González para que se impusieran costas de manera solidaria a los abogados de las actoras civiles.

La regulación de los honorarios de abogados y peritos, la tasa de justicia y los aportes profesionales quedó diferida para la lectura de los fundamentos.

El juez también ordenó enviar antecedentes al Tribunal de Disciplina de Abogados de la Provincia de Córdoba, para que investigue si los querellantes Germán Federico Romero Marcón, Emiliano Binante y Lucas Cocha actuaron conforme a los deberes establecidos en la Ley 5805 durante la tramitación de la causa. La medida dispone una investigación sobre su actuación profesional.

La lectura integral de la sentencia quedó fijada para el 12 de noviembre, a las 12.

González resultó ileso en el choque. Durante el juicio, bomberos declararon que, cuando llegaron los primeros servicios de emergencia, se priorizó la atención del dirigente político por sobre la del resto de las víctimas.

También se expuso un episodio que generó polémica: minutos después del impacto, allegados a González abrieron el vehículo y retiraron bolsos.

Otro de los puntos que provocó un fuerte escándalo fue el origen del BMW. Se trataba de un vehículo "mellizo" que había sido secuestrado en 2019 por la Justicia de Villa Dolores. A fines de ese mismo año, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba lo había asignado para su utilización por González como depositario judicial, en su condición de legislador provincial.

Ese vínculo con el vehículo motivó que el reclamo indemnizatorio también alcanzara a la Provincia.

Al comienzo del juicio, González había afirmado que no tenía bienes a su nombre y que vivía en un departamento alquilado.

La fiscal Analía Gallaratto, quien investigó la tragedia, había solicitado tres años y 10 meses de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación para conducir.

Para fundamentar ese pedido, se apoyó principalmente en el informe del perito oficial del Poder Judicial, que determinó que el impacto frontal ocurrió sobre el carril por el que debía circular Bengoa. Según esa reconstrucción, González invadió el carril contrario y provocó el choque.

La querella había solicitado una condena de seis años de prisión efectiva bajo la figura de homicidio culposo agravado por conducción temeraria, además de la inhabilitación para conducir. También había reclamado un cambio de calificación a homicidio simple con dolo eventual, con una pena de 10 años de prisión.

La defensa, encabezada por Miguel Ortiz Pellegrini, pidió la absolución. Sostuvo que Bengoa había sobrepasado a un camión y le atribuyó la responsabilidad del impacto.

La Provincia de Córdoba, a través de la Procuración del Tesoro, también había solicitado desestimar los reclamos civiles de las víctimas con el argumento de que Bengoa había causado el choque.

El fallo fue dictado por Camogli, un magistrado con 36 años de trayectoria en el Poder Judicial, quien desde 2017 se desempeña como vocal en los Tribunales de Villa Dolores. Antes de la sentencia, González no hizo uso de su derecho a la última palabra.

Tras conocerse la condena, la querella anunció que presentará un recurso de casación contra la resolución penal para reclamar una pena mayor y de cumplimiento efectivo.

La tragedia de las Altas Cumbres también dio origen a otros expedientes, además de la investigación por el siniestro vial.

En noviembre de 2022, el juez federal Miguel Vaca Narvaja comenzó a investigar a González por supuesto enriquecimiento ilícito y lavado de activos, a pedido del fiscal Maximiliano Hairabedian.

En ese expediente, el exlegislador fue imputado y estuvo bajo prisión domiciliaria. Sin embargo, la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó su procesamiento y ordenó profundizar la pesquisa, que continúa abierta.

En paralelo, se abrió otra causa para investigar posibles falsedades y omisiones en sus declaraciones juradas.

Con información de Cadena 3


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