A OSCURAS NO HAY ABUSO SEXUAL

OPINIÓN

Zaffaroni tiene tarea para Alberto


Por Walter R. Quinteros

Zaffaroni, Eugenio Raúl, ex juez de la Corte Suprema, le  pidió a Fernández, Alberto Ángel,  presidente de la nación, que en caso de que la Vicepresidente Fernández, viuda de Kirchner, Cristina Elizabet, sea condenada en el juicio oral y público, la indulte.

Zaffaroni tiene tarea para Alberto.

En la radio AM 750 Zaffaroni dijo: "Si lo que preveo se cumple, si la vicepresidenta es condenada, si quienes deben anular este proceso viciado desde el inicio lo confirmasen o nada hiciesen, dados los tiempos del derecho internacional, resultarían ineficaces los recursos ante los organismos internacionales, no quedaría otra alternativa que buscar una solución en el derecho interno para salvar el futuro de nuestra democracia ante la perspectiva de llegar a una elección con proscripciones. El único recurso que queda, por duro que sea, no puede ser otro que un indulto presidencial". 

¿Por qué se arroga que un indulto puede salvar la democracia?

¿Qué tiene que ver una cosa con la otra?

Y sigue metiendo el latiguillo de la democracia en peligro. Raro.

"Es conveniente que lo vayamos pensando como último recurso para que la democracia preservada pueda intentar la restauración de la República". Dijo.

Zaffaroni criticó con dureza al fiscal Diego Luciani y al juez de la causa, Rodrigo Giménez Uriburu, a quienes calificó como integrantes de un grupo de jueces y fiscales que "se lanza sin límites a la persecución política".

Entonces tenemos que con esta "doctrina" zaffaroniana, podemos salir todos a delinquir. Y nos escudemos en un partido político. Será "persecución política".

Los ancestros de Zaffaroni salvaron a Barrabás.

"Si hay oscuridad no hay abuso sexual"

Para eso, basta con recordar este fallo de Zaffaroni:

Una mamá, en defensa de su hija de 8 años, que fue abusada, se enfrentó contra el Poder Judicial de la Nación Argentina, quién finalmente, a expensas del Juez Zaffaroni, terminó por modificar los sentimientos y cultura de toda una Sociedad frente a un delito aberrante.

Se va a sorprender, no tanto por cómo aplican el derecho penal estos jueces, sino por las ideas extrañas y perversas que se les ocurre como fundamento de conductas injustificables.

El día 22/08/1987 en horas de la tarde Julio E. Tiraboschi, con excusas de mostrarle juguetes del hijo, llevó a la nena de 8 años de edad, a las cocheras del edificio de calle Alberdi 2149, Buenos Aires, lugar en que trabaja como portero, la introduce en un baño, y allí la sienta sobre el inodoro, y le pone su miembro viril en la boca, diciéndole que adivinara que dedo era.

La mamá toma contacto con esa realidad, una vez que encuentra a su hija, golpeándose la cabeza contra la ventana. Al observar esa actitud le pregunta por qué lo hace, a lo que la nena responde:

"El portero me metía eso en la boca". "Cuando le pedía por favor que no lo haga más, él me decía: "un poco más que acabo, después me dejaba esa cosa amarga en la boca".

El caso, llega a la Cámara Nacional de Apelaciones Criminal y Correccional, Sala 6ta, el día 26.04.1989, en carácter de apelación. El fallo particular del Dr. Eugenio Zaffaroni, uno de los miembros de esa Cámara, no acuerda la pena de 7 años, por violación, que se había propuesto en primera instancia, ni de 4 años, a iniciativa del fiscal, sino que opta por 3 años, condena con la cual, el pederasta nunca fue preso.

Pero, si lo leído hasta acá pareció injusto o inhumano, recorra por un instante, la síntesis del fallo sobre el abuso sexual de la nena y observará como, para terminar protegiendo al delincuente, Zaffaroni tortura todo sentido común, de una manera tan cruel, que por momentos responsabiliza a la nena por su "ignorancia" e "inocencia", ya que:

a) "…que en la indagación sumaria de la menor víctima no queda explicitado si realmente Tiraboschi, le introdujo el pene en la boca, más concretamente, que ignoraba que podría ser".

b) "Fundando la interpretación restrictiva que reduce la violación tan sólo al acceso carnal vaginal o rectal, excluyendo la penetración por la boca".

c) "De la ignorancia de la menor en lo que hace a la forma de la consumación de la fellatio, deduce la defensa que no se habría violentado la libertad sexual de la víctima, al ignorar lo que sucedió. Señala que los informes determinan que no se observa daño psíquico de la menor".

d) "En tal sentido, no tengo dudas que la penetración bucal no es dolorosa. La misma posibilidad de mutilación para el agresor la diferencia de la penetración anal o vaginal".

e) "En la fellatio no existe pérdida de la virginidad, que tiene profunda raigambre cultural por la extinción prematura de la virginidad".

f) "Considero que la fellatio, no puede consituír el denominado 'acceso carnal' y por ello es 'abuso deshonesto'".

g) "No podemos entonces ignorar las circunstancias mensuradoras de los arts. 40 y 41 CPen., que nos obligan a tomar en cuenta que estamos ante un imputado sin antecedentes, que confesó plenamente el hecho y demuestra arrepentimiento. Es un hombre joven y padre de familia, que sufrirá graves consecuencias en el plano familiar y laboral, además de social".

h) "En el caso bajo examen, Tiraboschi no causó daño físico a la menor, valiéndose sólo de engaños y seducciones para arribar a su reprochable proceder. Tal como lo señala la defensa, el único hecho imputable se consumó a oscuras, lo que reduce aún más el contenido traumático de la desfavorable vivencia para la menor".

i) "No puedo olvidar que un porcentaje importante de estos hechos aberrantes son consumados por desequilibrados que además de apelar a la violencia, suelen ocultar el hecho dando muerte a sus víctimas, o amenazándolas. Señalo también que en otra oportunidad en que quiso repetir el hecho Tiraboschi desistió voluntariamente, ante el llanto de la menor".

j) "En cuanto a la reducción del monto indemnizatorio impetrado, considero que puede hacerse lugar a este pedido. Dada la información de f. 175, corroborada por las demás constancias, de que Tiraboschi pertenece a la clase trabajadora con un ingreso familiar de A 700 de octubre de 1987 y un hijo menor a cargo".

Tome: Para el juez kirchnerista Zaffaroni, Eugenio Raúl, "si hay oscuridad no hay abuso sexual".

Que yo compre pan en una panadería llamada "la 12" no me hace hincha de Boca Juniors. Pero para Zaffaroni parece que si.

"Seguramente esa sentencia, que será condenatoria, ya está escrita, está guardada bajo la camiseta de jugadores de fútbol en la Quinta presidencial y será confirmada por los dos jueces que deberían revisarla y que, como buenos jugadores de tenis y padel, también lo harán: confirmándola".

¿Qué tiene que ver? ¿Y dónde jugó al fútbol Zaffaroni si es que alguna vez practicó algún deporte?

Pero en esta parte de su columna de opinión, no hace ninguna apología del delito. Mete presión, nada más.

Pues Zaffaroni le pidió a la ciudadanía argentina que no se tomen medidas violentas ni que se acuda a actos de violencia física como posible respuesta a una condena a Cristina Kirchner, sino que reafirmó la alternativa de intentar evitar lo que él considera un fallo injusto mediante la lucha a través del Derecho.

Conclusión:

Siguiendo los lineamientos de la "doctrina zaffaroniana", tenemos que a los jueces, no les queda otra que leer la sentencia con la luz apagada.

A oscuras.

(LA GACETA LIBERAL)

(Aporte de Fundacion Adoptar / Infobae)



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