18 DE MAYO, EL CENSO DIGITAL

SOCIEDAD

Se viene el Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda 2022

Por Graciela Miriam Catalán

Desde el gobierno nacional se anunció que el 18 de mayo se llevará a cabo el Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda.

Este es un censo que había sido aplazado durante dos por la pandemia del Covid-19.

Y la gran novedad es que por primera vez se incluirá dentro del listado de preguntas la referida a la identidad de género y toda la población podrá responder sobre autorreconocimiento étnico y se podrá contestar a través de internet

En concreto se materializo este censo a través del Decreto 42/2022 que fuera publicado en el Boletín Oficial y se estableció que ese 18 de mayo será feriado nacional.

Entonces, el cuestionario a responder va estar disponible para toda la población a través del Cenco digital online y será completado desde el 16 de marzo hasta el lunes 16 de mayo de 2022 por intermedio de cualquier dispositivo de internet

Se informa que el "El objetivo de esta herramienta es que todas las viviendas particulares en áreas rurales y urbanas puedan auto censarse cuándo y dónde quieran, además de optimizar los tiempos de llenado de datos”.

Por otro lado, existe un resguardo de la información se garantizará mediante “un estricto protocolo de seguridad informática y será almacenada en los servidores de la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (ARSAT) bajo técnicas de anonimización, encriptación y gobernanza de datos (ley 17.622, Decreto 3110/70 y la Resolución del INDEC 181/2020).

Se señala que desde las 0 hasta las 20 horas del miércoles 18 de mayo, que es el día del censo, no se podrán realizar funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas, espectáculos ni reuniones públicas, según la ley 24.254

Asimismo, tampoco podrán permanecer abiertos clubes y comercios de venta de artículos alimenticios.

La información obtenida, "solo será utilizada con fines estadísticos", según el artículo 18° de esa normativa, donde se aclara que "las respuestas son confidenciales y el Indec no comparte los datos individuales que se brindan a través del Censo con ninguna persona física ni organismo público o privado".

Con este censo se pretende realizar un "recuento de la población en tiempo y forma", a partir del cual "representantes del sector público, privado y académico y la ciudadanía en general de todo el país" obtendrán información para "tomar más y mejores decisiones", se indicó en la página oficial www.censo.gob.ar.

El Día del Censo los censistas acreditados recorrerán todas las viviendas particulares en áreas urbanas del país para realizar las entrevistas presenciales, en caso de que corresponda.

Ahora, si las personas completaron el Censo Digital, solo se les solicitará el comprobante de finalización del mismo, que es un código alfanumérico de 6 dígitos que se genera automáticamente al terminar de completar el cuestionario.

Este comprobante se puede descargar y quienes lo hayan realizado de forma digital lo recibirán en el correo electrónico que se registre al inicio del Censo, el cual no se solicitará impreso y, si en la vivienda hay más de un hogar, todos utilizarán el mismo comprobante de finalización.

Se aclara que todas las respuestas son confidenciales y el INDEC, no comparte los datos individuales que se brindan a través del Censo con ninguna persona física ni organismo público o privado.

Ante cualquier duda, información o consulta se puede realizar a través de la página online https://censo.gob.ar/index.php/cuando-es-el-censo/

Fuente: Gobierno Nacional. INDEC

CENSO NACIONAL DE POBLACIÓN, HOGARES Y VIVIENDAS RONDA 2020

Decreto 42/2022

DCTO-2022-42-APN-PTE - Disposiciones.

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2022

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Dispónese el día 18 de mayo de 2022 para la realización del CENSO NACIONAL DE POBLACIÓN, HOGARES Y VIVIENDAS RONDA 2020, revistiendo dicha fecha calidad de Feriado Nacional, de conformidad y con los alcances establecidos en la Ley N° 24.254.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a los organismos nacionales a imprimir preferente despacho y trámite urgente a todo pedido de colaboración y movilización de recursos humanos y materiales destinados a la realización del operativo censal, que les fueran requeridos por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), organismo desconcentrado en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA en los términos del artículo 14 y concordantes del Decreto N° 726/20.

ARTÍCULO 3°.- Autorízase al Jefe de Gabinete de Ministros a delegar en el titular del MINISTERIO DE ECONOMÍA el ejercicio de las facultades y competencias establecidas a su cargo por el artículo 9º del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, con relación a las contrataciones necesarias a los efectos del desarrollo de las actividades pre-censales, censales y post-censales.

ARTÍCULO 4°.- Déjanse sin efecto las previsiones del artículo 2° del Decreto N° 726/20.

ARTÍCULO 5°.- Invítase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a los términos de este decreto, para la realización del CENSO NACIONAL DE POBLACIÓN, HOGARES Y VIVIENDAS RONDA 2020.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Martín Guzmán

e. 25/01/2022 N° 2735/22 v. 25/01/2022

(Tribuna de Periodistas)


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